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Order (Auto)November 12, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez

✓Claimant Comparta Eps S En Liquidacion·Respondent Municipio De San Antonio De Palmito

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Topic · hard data
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Normativo-Uno De Los Funcionarios Judiciales Soportó Su Postura Respecto De La Definición De Competencia Con Un Argumento Intrajurisdiccional.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Sincelejo, Sucre, y el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antonio de Palmito, Sucre, causado por una demanda ejecutiva instaurada por COMPARTA EPS-S S.A., liquidada, contra el municipio de San Antonio de Palmito, Sucre, para perseguir el pago de las sumas adeudadas por liquidaciones mensuales de afiliados del régimen subsidiado, por concepto de esfuerzo propio del ente territorial, según artículo 10 del Decreto 971/11.

Al analizar los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se acreditó el cumplimiento del presupuesto normativo.

El Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Sincelejo, Sucre, señaló argumentos para rechazar su competencia y, en atención al factor territorial y de cuantía ordenó remitir el asunto al Juzgado Promiscuo Municipal de San Antonio de Palmito, Sucre, que concluyó, soportado en los artículos 2.5 y 9 del CPTSS, que al ser un asunto propio del sistema de seguridad social en salud, que pretende el pago de recursos por esfuerzo propio, corresponde su conocimiento a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral.

Se observa que, a pesar de haberse planteado inicialmente el conflicto con la JCA, la autoridad judicial soportó su postura respecto de la definición de competencia al interior de la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Laboral, asunto que no le corresponde definirlo a la Corte Constitucional, pues los conflictos de competencia en dicha jurisdicción están reglados por el artículo 18 de la Ley 270/96.

La Sala se declara inhibida para pronunciarse.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia ante la ausencia del presupuesto normativo.
  2. Segundo. por intermedio de la Secretaría General de la corporación, REMITIR el expediente CJU-6964 al Juzgado Promiscuo Municipal de San Antonio de Palmito, Sucre, para lo de su competencia y para que COMUNIQUE esta providencia al Juzgado 005 Administrativo del Circuito de Sincelejo, Sucre, y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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